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Seguro de responsabilidad civil: qué cubre de verdad

19 de septiembre de 2023

Seguro de responsabilidad civil: qué cubre de verdad

Casi todos los abogados en ejercicio están asegurados. Muy pocos han leído su póliza entera. La combinación es peligrosa, porque el momento en que se descubren los límites de la cobertura suele coincidir con el momento en que se necesita: una demanda de un antiguo cliente por un plazo perdido, una reclamación por un asesoramiento fiscal que la Administración interpretó de otro modo, un error en la redacción de una cláusula contractual.

El seguro de responsabilidad civil profesional es exigible para el ejercicio de la abogacía conforme al Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por el Real Decreto 135/2021, y a la normativa colegial que lo desarrolla. Pero cumplir el requisito formal y estar realmente cubierto son dos cosas distintas.

Qué cubre una póliza estándar

El núcleo de la cobertura es la responsabilidad civil profesional derivada de errores u omisiones en el ejercicio de la abogacía. Es decir, el perjuicio económico que sufre el cliente como consecuencia de una actuación negligente del letrado. Lo habitual es que la póliza asuma tres bloques: la indemnización que deba pagarse al perjudicado, los gastos de defensa jurídica frente a la reclamación y la constitución de fianzas.

Cuando el asunto ya no es de gestión, sino de tribunales

Organizar bien un despacho es una cosa y litigar es otra. Si el problema que tiene entre manos necesita defensa letrada, conviene acudir a un despacho con recorrido en sala. Galindo & Barrio, abogados en Madrid con más de veinte años de ejercicio, trabaja en penal, familia, laboral y civil. Puede consultarles como abogados penalistas, abogados de divorcio o abogados de indemnizaciones según el asunto.

El detalle que decide todo: el sistema claims made

La inmensa mayoría de estas pólizas funcionan con la cláusula de delimitación temporal conocida como claims made: cubren las reclamaciones presentadas durante la vigencia del contrato, no los hechos ocurridos durante la vigencia. Esto tiene dos consecuencias prácticas que conviene entender bien.

La primera es la retroactividad. Un error cometido hace cuatro años pero reclamado hoy solo estará cubierto si la póliza actual admite retroactividad suficiente para alcanzar aquella fecha. Las pólizas con retroactividad limitada dejan un agujero que crece con la antigüedad del despacho.

La segunda es el periodo posterior, relevante en el cese de actividad. Cuando un abogado se jubila o cierra el despacho, deja de haber póliza vigente, pero las reclamaciones pueden seguir llegando durante años. El artículo 73 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro reconoce este tipo de cláusulas y fija exigencias mínimas, pero conviene contratar expresamente una extensión suficiente al causar baja. Es uno de los descuidos más caros de la profesión.

Lo que la póliza no cubre

Las exclusiones son tan importantes como las coberturas. Con carácter general quedan fuera los actos dolosos, aunque los gastos de defensa suelen adelantarse hasta que se declara el dolo, con obligación de reintegro. Tampoco se cubren las multas y sanciones administrativas o penales impuestas al propio abogado, ni la devolución de honorarios percibidos, ni las reclamaciones derivadas de garantías de resultado asumidas voluntariamente por el letrado.

Hay tres exclusiones que generan sorpresas con frecuencia. Una es la actividad ajena a la abogacía: administración de sociedades, cargos de administrador concursal si no están expresamente incluidos, gestión patrimonial o inmobiliaria. Otra es la insolvencia o el manejo de fondos de clientes, que suele requerir cobertura específica. La tercera es el ciberriesgo: la responsabilidad derivada de una brecha de seguridad, con sus costes de notificación y de gestión de crisis, rara vez está bien cubierta en una póliza de responsabilidad civil profesional clásica y suele necesitar un producto aparte.

Qué revisar antes de firmar la renovación

  • Límite por siniestro y límite agregado anual: si son iguales, un solo caso puede agotar la cobertura del año.
  • Fecha de retroactividad y si es ilimitada o limitada a un número de años.
  • Periodo de cobertura posterior al cese o jubilación y coste de ampliarlo.
  • Franquicia por siniestro y si aplica también a los gastos de defensa.
  • Personas aseguradas: socios, asociados, pasantes, personal administrativo y colaboradores externos.
  • Ámbito territorial y de jurisdicción, esencial si se asesora a clientes o en operaciones fuera de España.
  • Sublímites específicos para confidencialidad, difamación o pérdida de documentos.

La póliza colegial y por qué suele quedarse corta

Muchos colegios de la abogacía incluyen en la cuota una póliza colectiva de responsabilidad civil. Es una red de seguridad valiosa, sobre todo al inicio de la carrera, pero está diseñada con límites pensados para asuntos de cuantía moderada. Un despacho que lleva reclamaciones de cierto volumen, operaciones societarias, urbanismo o fiscalidad corporativa necesita casi siempre una ampliación en exceso o una póliza propia.

El criterio razonable para dimensionar el límite no es la facturación del despacho, sino la cuantía máxima de los asuntos que se manejan. El daño potencial de un error se mide por lo que el cliente podía obtener o perder, no por los honorarios cobrados por gestionarlo.

Qué hacer cuando aparece un posible siniestro

La obligación de comunicar no nace con la demanda, sino con el conocimiento de circunstancias que puedan dar lugar a una reclamación. Comunicar tarde por prudencia o por vergüenza profesional es una de las causas más habituales de rechazo de cobertura. Lo correcto es notificar a la aseguradora en cuanto se detecta el hecho, conservar toda la documentación del expediente, evitar reconocer responsabilidad frente al cliente sin consultar y no pactar indemnizaciones por cuenta propia.

Un seguro bien dimensionado no evita el error, pero evita que un error acabe con el despacho. Puede escribirnos desde contacto o leer más artículos de gestión en el blog.

Diversificar el patrimonio del despacho

Cuando un despacho consolida beneficios, la siguiente decisión suele ser dónde colocarlos. La inversión inmobiliaria en el extranjero es una de las vías habituales: por ejemplo, propiedades en Palm Beach. Conviene analizar antes la fiscalidad de la operación y, si hay dudas sobre la estructura, consultar con abogados en Madrid.